"El Banco de España, órgano supervisor de las actividades bancarias no detectó ninguna anomalía en estas actividades. Sin embargo, algunos juzgados y sobre todo el Tribunal de Justicia Europeo, sí detectaron fraudes y sí condenaron repetidas veces al Estado Español. En conclusión, que mientras algunos tribunales de ámbito general sí hallaban pruebas de prácticas fraudulentas por parte de algunas entidades bancarias, el órgano administrativo con competencias y obligaciones de supervisión de las prácticas bancarias sorprendentemente nunca encontró nada en los terrenos hipotecarios y en sus formas de contratación. Tampoco otros organismos administrativos como el Ministerio de Justicia nunca encontraron nada sancionable.
Sería muy ingenuo pensar que esto ha sucedido por ignorancia o incompetencia.
Mientras tanto, los tribunales sentenciaban de manera implacable lanzamiento tras lanzamiento, sin tener en cuenta más que la ley hipotecaria, cuando el marco jurídico implicaba otras jurisdicciones de interés como pueden ser las leyes de protección al consumidor. La vivienda como tal es un bien amparado por las leyes de consumo y los desahuciados generalmente eran personas físicas que perdían su vivienda e inclusive todos sus bienes en estas operaciones hechas al margen de lo establecido.
Cuando empezaron a aparecer las sentencias de los tribunales europeos, el Tribunal Supremo les pidió aclaraciones de cómo aplicarlas. Las sentencias europeas suelen ser muy fáciles de entender, en un lenguaje muy claro, para evitar entre otros los problemas de traducción entre los distintos idiomas. El Supremo nunca pretendió aclarar nada, simplemente obstaculizar la aplicación de las sentencias y dilatar el pago de las indemnizaciones pero, cuando de las sentencias se dedujo un gran volumen indemnizaciones que debía pagar la banca, el propio tribunal se corrigió a sí mismo, anulando o interpretando una sentencia contraria a los intereses de la banca tras cometer una serie de irregularidades que en un futuro serán estudiadas en todas las Facultades de Derecho como ejemplo de mala actuación judicial.
Y qué hacían los gobiernos. Un gobierno democrático tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir las leyes y en este caso, permitieron durante años que la banca hiciese lo que le viniera en gana, saltándose todas las leyes que les interesaban a la torera. El marco jurídico indica las competencias de los distintos órganos administrativos: Ministerio de Justicia, jueces, notarios, registradores. El gobierno de turno poco hizo para que se cumpliesen las leyes, cuando eran suyas esas competencias.
Nos encontramos con una situación donde han fallado en el cumplimiento de sus obligaciones tanto el Banco de España como sucesivos gobiernos de la nación. Si los gobiernos permiten por pasiva o por activa la inobservancia generalizada de las leyes, y esta línea de actuación es perjudicial para millones de ciudadanos y beneficiaria para las entidades de crédito, estamos ante gobiernos que actúan en función de los intereses de los sectores financieros y no de los de la mayoría de los ciudadanos. Este tipo de gobiernos, no pueden denominarse democráticos, pues sistemáticamente incumplen sus funciones"
https://blogs.publico.es/verdad-justicia-reparacion/2019/07/27/y-otra-vez-gana-la-banca/
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